¿Pueden descontarte el aguinaldo por incapacidad por maternidad?
El aguinaldo es una prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 1970, por lo que es una obligación de los patrones cumplir con el pago de esta prestación a sus trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año.
Incapacidad por maternidad y paternidad
Las trabajadoras que se incapaciten por maternidad tienen derecho a recibir el pago correspondiente a los 15 días de salario, ya que los periodos pre y postnatales se consideran como días trabajados para el cálculo del aguinaldo.
Lo mismo ocurre con la incapacidad por paternidad, que se considera como un tiempo efectivamente trabajado y, por lo tanto, el trabajador tiene derecho a recibir el aguinaldo completo.
Incapacidad por accidente de trabajo
Los trabajadores que sufren un accidente de trabajo y reciben un periodo de incapacidad temporal también son considerados como empleados activos y, por lo tanto, tienen derecho a recibir los 15 días de aguinaldo.
Trabajadores con menos de un año de servicio
Los trabajadores que prestaron sus servicios durante menos de un año en la empresa recibirán una parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo que hayan trabajado.
Cambio de trabajo
El derecho al aguinaldo persiste incluso si el empleado ahora colabora para otra empresa, ya que durante el tiempo que trabajó para la anterior compañía generó esta prestación.
Por lo tanto, las incapacidades por maternidad, paternidad o accidente de trabajo no son motivo para que los patrones descuenten el aguinaldo a sus trabajadores.
Si tienes alguna duda o problema con el pago de tu aguinaldo, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría y apoyo legal.