El Juzgado de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo Federal acaba de rechazar un recurso presentado por la Universidad de Madres de Plaza de Mayo (UNMa) para que se le ordenara al Ministerio de Capital Humano el cese de la retención de fondos y el pago de más de 556 millones de pesos.

Así lo resolvió el juez Pablo Cayssials, quien consideró que no hay “circunstancias excepcionales” que respalden el reclamo de la universidad. El magistrado también consideró que no hay una “verosimilitud manifiesta” en el derecho que invoca la UNMa y que tampoco están dadas las condiciones de “arbitrariedad” que denuncia la institución universitaria.

Implicaciones del fallo

El fallo del juez Cayssials supone un revés para la UNMa, que había acudido a la Justicia para reclamar los fondos que le había retenido el gobierno de Javier Milei.

La universidad sostiene que esta retención de fondos es ilegal y que está perjudicando gravemente su funcionamiento. Por su parte, el gobierno sostiene que la UNMa no tiene la legitimación necesaria para reclamar estos fondos, ya que su rectora, Cristina Caamaño, fue designada por el gobierno anterior y su designación no ha sido ratificada por el actual.

Contexto del conflicto

El conflicto entre la UNMa y el gobierno se remonta a febrero de 2024, cuando el gobierno de Milei decidió suspender la apertura y poner bajo revisión las cinco universidades que creó el Congreso Nacional por ley durante la gestión anterior. Entre las universidades afectadas se encontraba la UNMa.

La rectora de la UNMa, Cristina Caamaño, acudió a la Justicia para reclamar la retención de los fondos. El gobierno cuestionó la legitimación de Caamaño, ya que su designación por la resolución Nº 2534/23 del ex Ministerio de Educación, quedó sin efecto por la resolución Nº 45/24, emitida por el Ministerio de Capital Humano.

Por otro lado, denunció que el acta fechado el 5 de marzo de 2024, mediante el cual se dejó constancia de los comicios de asamblea llevados a cabo para su elección, no cuenta con la aprobación pertinente con lo previsto en el art. 49, de la Ley de educación superior y del art. 23, del Decreto Nº 176/96. Esto significaría que la Universidad de Madres de Plaza de Mayo no tiene autorizada su apertura.