La Muface alerta a sus funcionarios: así deben actuar ante una urgencia

La llegada de las vacaciones es sinónimo de descanso y desconexión. No obstante, para evitar sustos y disfrutar de un periodo estival sin contratiempos, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface) ha lanzado una serie de recomendaciones a sus mutualistas, tanto para aquellos que viajan al extranjero como para los que deciden hacerlo dentro de España.

Si viaja al extranjero...

Antes de emprender un viaje fuera de nuestras fronteras, Muface recomienda encarecidamente visitar su página web para informarse sobre los distintos regímenes de cobertura o no cobertura en desplazamientos temporales. Además, es importante solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea y, si se viaja a países que no estén incluidos en este ámbito, obtener el Certificado Provisional Sustitutorio.

Si viaja por España...

Para los mutualistas que decidan disfrutar de sus vacaciones dentro del territorio nacional, Muface advierte de que cualquier error en el contacto con los servicios de urgencias o la atención prestada por un sistema sanitario que no sea el elegido por el mutualista puede acarrear gastos considerables no previstos.

Por ello, el organismo público indica a sus funcionarios cómo deben actuar correctamente ante una situación de urgencia o emergencia sanitaria. En primer lugar, deben tener claro a qué teléfonos llamar: los mutualistas adscritos a servicios públicos de salud deben llamar al 112, mientras que los adscritos a entidades concertadas (Adeslas, Asisa y DKV) deben contactar con los servicios de urgencia de su entidad (900 900 118 para Asisa, 900 300 799 para DKV y 900 322 237 para Adeslas).

"Solo en determinadas ocasiones se podría recurrir a medios ajenos, pero siempre y cuando así lo indique la entidad", añaden desde Muface. "La pauta es llamar siempre en primer lugar a los teléfonos indicados".

Para el colectivo mutualista adscrito al Concierto de Asistencia Sanitaria en el Exterior (CASE), en caso de urgencia o emergencia en España, debe llamar al teléfono 900 300 799.

¿Qué ocurre si no se siguen estas pautas?

Si un mutualista adscrito a una entidad concertada utiliza los medios de los servicios públicos de salud, "deberá abonar sin derecho a reintegro los gastos que puedan ocasionarse, salvo que se cumplan los requisitos para la asistencia urgente de carácter vital", tal y como recoge el capítulo 5, apartado 3, del Concierto suscrito con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma.

Es importante recordar que la asistencia sanitaria de urgencia, según explica Muface, "es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata". Esta asistencia se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente, durante las 24 horas del día todos los días del año, mediante atención médica y de enfermería y con la colaboración de otros profesionales.

Dicha prestación incluye, asimismo, "el transporte sanitario terrestre, aéreo o marítimo, asistido o no asistido, según lo requiera la situación clínica del paciente, en los casos en que sea preciso para su adecuado traslado al centro sanitario que pueda atender de forma óptima la situación de urgencia".