¡El juicio del 1-O en Cataluña aplazado, pero no suspendido por la amnistía!
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha aplazado el juicio por los preparativos del referéndum independentista del 1 de octubre de 2017 (1-O) contra ex altos cargos de ERC, pero ha rechazado suspenderlo por la tramitación de la ley de amnistía.
El TSJC ha acordado posponer el juicio, cuyo inicio estaba previsto para el próximo 10 de abril, para evitar "interferencias" con las elecciones autonómicas del 12 de mayo, en las que ERC es una de las principales formaciones políticas.
Se trata de los ex consejeros Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga, acusados de malversación, prevaricación y desobediencia por su papel en la organización del 1-O. La Fiscalía pide para Jové siete años de cárcel y para Salvadó seis años y tres meses.
El TSJC ha considerado que el aplazamiento del juicio, cuya celebración estaba prevista entre el 10 de abril y el 29 de mayo, supone un "fin legítimo", ya que evita "toda interferencia" o "aprovechamiento" del mismo durante la campaña electoral. Además, tampoco afecta a los derechos procesales de las partes.
En su resolución, el alto tribunal catalán ha encargado al letrado de la administración de justicia que reprograme las sesiones del juicio, a partir de una fecha todavía por determinar, pero que, al posponerse el calendario inicial, podría coincidir con la aprobación definitiva de la ley de amnistía, prevista para finales de mayo.
Por el contrario, la sala, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, ha rechazado suspender el juicio por la tramitación en las Cortes de la ley de amnistía, que prevé la anulación de las causas penales relacionadas con el referéndum del 1-O.
El TSJC ha entendido que "hoy por hoy" esta normativa no puede ser tenida en cuenta como un "hecho cierto con capacidad para interferir o alterar" el curso de una vista ya convocada, ya que aún no ha sido aprobada definitivamente.
Las defensas habían pedido la suspensión del juicio ante la "inminente" aprobación de la ley de amnistía, pero el TSJC ha apuntado que el pleno respeto y la máxima consideración" que le merecen las cámaras parlamentarias le impide "reconocer efecto alguno" a las iniciativas de ley hasta que hayan completado todas las fases para su aprobación.
Cabe recordar que el Parlament de Cataluña aprobó el pasado 9 de febrero, con los votos de ERC, Junts, la CUP y los comuns, una resolución que instaba al Gobierno central a presentar una propuesta de ley de amnistía para todas las personas "represaliadas" por el procés independentista.
El Gobierno central ha rechazado de plano esta propuesta, al considerar que una ley de amnistía sería inconstitucional. La Fiscalía también se ha opuesto a la suspensión del juicio por la tramitación de la ley de amnistía, al entender que es una medida "precipitada" e "innecesaria".
Autor: Andres