El Tribunal Constitucional suspende los recursos contra la ley de amnistía por parte de las comunidades autónomas

El Tribunal Constitucional ha decidido suspender la tramitación de los 16 recursos presentados por las comunidades autónomas contra la ley de amnistía. El tribunal estudiará durante los próximos dos meses si los recursos deben ser inadmitidos al considerar que la ley solo permite que las comunidades impugnen normas que afecten a sus competencias.

Análisis de la legitimación de las comunidades autónomas

Un grupo de letrados del Constitucional elaborará un informe que determinará si las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir la ley de amnistía. El artículo 162 de la Constitución concede la posibilidad de presentar recursos de inconstitucionalidad a gobiernos y parlamentos autonómicos, pero remite a la ley orgánica que regula el funcionamiento del Constitucional, que precisa las condiciones para este tipo de iniciativas.

El artículo 32 de dicha normativa solo atribuye la legitimación plena para presentar recursos de inconstitucionalidad al Gobierno, el Defensor del Pueblo y a 50 diputados o 50 senadores. Sin embargo, este artículo también dispone que las comunidades autónomas pueden impugnar leyes que "afecten a su propio ámbito de autonomía".

Posibles soluciones

El Constitucional considera tres posibles soluciones:

  1. Admitir los recursos, entendiendo que las comunidades autónomas cumplen el requisito de legitimación.
  2. Inadmitir los recursos, estimando que la ley orgánica del tribunal no les habilita para presentar recursos de inconstitucionalidad en materias ajenas a sus competencias.
  3. Admitir los recursos con la expresa mención de que el problema de su legitimación se decidirá en la sentencia que ponga fin al procedimiento.

La tercera opción es la que tiene más posibilidades de prosperar, ya que evitaría abrir un conflicto con las comunidades autónomas y permitiría al Constitucional centrarse en el estudio de la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Supremo.

Fuente: El País