La Sala del TEPJF cierra el expediente de 126 quejas contra las "corcholatas"

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) cerró el expediente más grande que haya tenido a su cargo, relacionado con 126 quejas contra las y los aspirantes presidenciales de Morena, por miles de bardas, espectaculares y publicaciones en redes sociales desde 2022.

El expediente fue cerrado por unanimidad, ya que la Sala concluyó que no existió ninguno de los ilícitos electorales denunciados por la oposición, porque en las bardas, publicaciones en redes sociales y propaganda, no se advierte la intención de llamar al voto de cara al proceso electoral federal, por lo que no se pueden acreditar actos anticipados de precampaña y campaña.

Además, la Sala señaló que en la mayoría de las quejas, ya ni siquiera se pueden resolver porque ya aplicó la caducidad de la línea jurisprudencial de un año, pues éstas se presentaron desde 2022, es decir, ya son más de dos años.

Las quejas y el expediente

Las 126 quejas fueron presentadas por la oposición contra Claudia Sheinbaum, Adán Augusto López, Marcelo Ebrard, Ricardo Monreal, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña, quienes son considerados las "corcholatas" de Morena para la candidatura presidencial.

El expediente, que implicó la recepción de 126 quejas y 39 medidas cautelares, terminó en 118 tomos con mil fojas cada uno, es decir, mil 180 mil páginas de expediente, con más de dos mil actas circunstanciadas.

Se analizaron 601 eventos de las y los aspirantes presidenciales, se revisaron más de siete mil bardas, se entregaron 89 dispositivos con información y fueron denunciadas en total, 338 personas vinculadas con esta propaganda.

La resolución

La Sala Especializada reconoció la labor de quienes participaron en la recepción de la información y el análisis para revisar el expediente, pero señaló que la caducidad legal era aplicable.

Siguiendo la línea jurisprudencial que marcó la Sala Superior del TEPJF, la Sala Especializada consideró la recepción de cada denuncia para contabilizar el plazo de un año para resolver, y no la última queja del expediente. Lo que en este caso, supera incluso el doble del plazo previsto.

La resolución de la Sala Especializada puede ser impugnada ante la Sala Superior del TEPJF para una sentencia definitiva.

Fuente: Milenio