Móstoles se suma a las ciudades comprometidas con el medio ambiente y crean la Zona de Bajas Emisiones (ZBE)

Móstoles, al igual que Boadilla y Majadahonda, se suma a la lista de municipios de la Comunidad de Madrid que están implementando Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) para reducir la contaminación y mejorar la calidad de vida de sus residentes.

¿Qué es y dónde estará localizada la ZBE de Móstoles?

La ZBE de Móstoles, denominada Área 20, estará delimitada por las siguientes calles: calle del Cristo, calle Juan XXIII, calle Reyes Católicos, calle Independencia, calle Ricardo Medem y calle Andrés Torrejón.

Objetivos de la ZBE

  • Reducir los niveles de contaminación ambiental
  • Mejorar la calidad de vida de los residentes
  • Promover una movilidad más sostenible
  • Favorecer el transporte público
  • Disminuir la intensidad del tráfico y recuperar espacio público para los peatones

Vehículos autorizados para circular por el Área 20

Podrán acceder al interior del Área 20:

  1. Bicicletas, otros ciclos y vehículos de movilidad urbana (VMU).
  2. Vehículos de residentes empadronados en el Área 20 (propiedad, usufructo, renting o leasing).
  3. Vehículos con etiqueta 0 emisiones, ECO, B y C de clasificación ambiental (excepto vehículos industriales ECO, sujetos a horarios).
  4. Vehículos de personas con tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  5. Vehículos de servicios públicos esenciales (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Municipal, extinción de incendios, protección civil, salvamento y ambulancias).

Vehículos con acceso excepcional al Área 20

Además de los vehículos autorizados, podrán circular por el Área 20 los siguientes:

  • Vehículos debidamente identificados de Administraciones Públicas o contratistas que presten servicios públicos básicos (limpieza, recogida de residuos, mantenimiento de vías públicas, etc.).
  • Vehículos de urgencias en la vía pública (suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones).
  • Vehículos autotaxi con distintivo ambiental.
  • Vehículos de arrendamiento con conductor con distintivo ambiental (con servicio previamente contratado con origen o destino en el Área 20).
  • Vehículos de empresas o profesionales que presten servicios o entreguen o recojan suministros en el Área 20 (excluidos turismos y motocicletas).
  • Motocicletas, ciclomotores y triciclos asimilables a motocicletas con distintivo ambiental (en horario establecido por el Ayuntamiento).
  • Vehículos de propietarios de plazas de garajes particulares situadas en el interior del área.
  • Vehículos de titulares de plazas de Aparcamiento para Residentes en el interior del Área 20.
  • Vehículos de autoescuelas ubicadas en el Área 20 destinados a prácticas de conducción.
  • Vehículos que accedan a talleres de reparación de vehículos ubicados en el Área 20.
  • Vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones autorizadas por el órgano competente.

Multas por incumplimiento

Las infracciones a la normativa de la ZBE se consideran graves y conllevan multas de 200 euros (con reducción del 50% si se pagan en un plazo de 20 días naturales).

Vehículos más afectados por la ZBE

La regulación de la ZBE de Móstoles afecta principalmente a los vehículos sin etiqueta, que son:

  • Vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000
  • Vehículos diésel anteriores a 2006