El escrutinio de las elecciones europeas se retrasa en España
Los primeros resultados del escrutinio de las elecciones europeas que se celebran este domingo en España se harán de rogar más de lo habitual. El Gobierno no podrá anunciarlos hasta pasadas tres horas del cierre de los colegios electorales debido a una imposición legal que obliga a esperar a que se cierre la jornada electoral en todos los demás países miembros de la Unión Europea.
Horario de cierre de los colegios electorales
La legislación europea impide que se ofrezcan datos de escrutinio hasta que no hayan cerrado los colegios electorales en todos los países participantes. Una peculiaridad de las elecciones europeas es que las jornadas electorales varían en función del país. En Italia, los colegios electorales cierran a las 23:00 horas, por lo que el Gobierno español deberá esperar a esa hora para ofrecer los primeros resultados.
Objetivo de la restricción
El objetivo de esta restricción es impedir que los resultados influyan en el sentido del voto de quienes, en otros países, todavía están a tiempo de depositar el suyo. Es una situación análoga a lo que ocurre en las elecciones de ámbito nacional con Canarias, donde los colegios cierran una hora más tarde que en la Península.
Procedimiento de voto por correo
El voto por correo, objeto también de numerosos bulos, sigue un procedimiento riguroso. Para depositar el sobre con la papeleta en Correos, se pide que sea entregado por el votante mismo, que lo habrá solicitado previamente y que debe presentar un documento de identidad oficial, o por una persona autorizada.
Los votos por correo se trasladan a las instalaciones de Correos de la zona del colegio electoral y se entregan en la mesa durante la jornada del 9-J. Las papeletas recibidas a última hora se depositan también ese día.
Procedimiento de escrutinio
Todas las elecciones en España siguen un doble escrutinio. Uno, provisional, que es el que se hace la misma noche tras el cierre de las urnas, y otro, general, del que salen las listas oficiales de candidatos elegidos el quinto día siguiente al de las elecciones en cada Junta Electoral.
El escrutinio provisional es un acto público la misma noche electoral, en el que participan los miembros de la mesa y los interventores. El presidente lee los nombres de los partidos de las papeletas. Si cualquier representante de la lista, miembro de la candidatura o un notario presente tiene dudas, pide la papeleta y se le entrega para que la examine.
Cuando se recuentan todos los votos, se comprueba que el número de sobres es igual que el de votantes. El presidente pregunta si hay protestas, se resuelven por mayoría de la mesa las que hubiera, y anuncia el resultado: cuántos electores constan en el censo, número de votantes, votos nulos, en blanco y por cada candidatura. Se destruyen las papeletas, salvo las que se consideren no válidas o sobre las que penda alguna reclamación.
El escrutinio general, cinco días después, se hace en la Junta Electoral de cada zona, y también es un acto público, en el que se verifica el recuento y la suma de los votos admitidos según las actas de las mesas. Los resultados se hacen públicos y, tras resolver posibles impugnaciones, se proclaman oficialmente los candidatos electos.