Aprueba la SCJN eliminación de contenidos que infrinjan la Ley Federal del Derecho de Autor en plataformas digitales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha fallado a favor de que las plataformas digitales eliminen contenidos que infrinjan la Ley Federal del Derecho de Autor, en una sesión plenaria celebrada este jueves 30 de mayo.

Esta decisión llega tras una discusión iniciada el pasado 28 de mayo sobre las reformas a dicha ley, incluidas en el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC). La medida ha generado críticas por posible violación de la libertad de expresión, como la interpuesta por la Comisión Nacional del Derecho Humanos.

De acuerdo con el comunicado emitido por la SCJN, la eliminación de contenido en plataformas digitales deberá ser notificada y cumplir con el artículo 114 Octies, fracción II inciso a, que establece la acreditación de la titularidad y la adopción de medidas razonables para evitar la reaparición del contenido en redes sociales.

La votación de los ministros quedó de la siguiente manera: 5 votos a favor de la validez del artículo 114 Octis Fracción II, inciso a, y un voto particular. Sin embargo, no se alcanzó la mayoría.

El Pleno de la SCJN continuará la discusión el lunes 3 de junio, para determinar la validez o invalidez de diversos párrafos del artículo 114 Octies.

En la discusión plenaria, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, votó a favor del proyecto, señalando que los titulares no tienen la facultad de remoción y que es contrario a la seguridad.

Por su parte, el ponente del caso, Láynez Potisek, argumentó que la libertad de expresión no va conforme con el aviso que se exige en la Ley Federal del Derecho de Autor para la eliminación de contenidos.

La acción de inconstitucionalidad interpuesta por la CNDH demandaba la invalidez de las reformas de la Ley Federal del Derecho de Autor publicadas en 2020.