Los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para actualizar su Buzón Tributario y habilitar el sistema para recibir notificaciones por esa vía. Anteriormente, la fecha límite establecida era este martes 31 de diciembre, pero se aprobó una prórroga.

Nuevo plazo y sanciones

Así lo dio a conocer José Jesús Rodríguez Ambriz, ex presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP). La prórroga fue establecida en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y también se extiende el plazo para la aplicación de multas por incumplimiento de la obligación de activar el Buzón Tributario.

Las multas pueden ir de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos y se aplicarán a quienes no cumplan con la disposición señalada en el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Autoridades que utilizarán el Buzón Tributario

A partir del 31 de diciembre de 2025, las autoridades fiscales (federales y locales) distintas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrán notificar actos o resoluciones administrativas a través del Buzón Tributario. Entre ellas se encuentran:

  • Infonavit
  • PROFECO
  • CONAGUA
  • Entidades federativas

Simplificación de trámites fiscales

Por otra parte, la RMF para 2025 busca simplificar diversos trámites fiscales. Entre las medidas se incluyen:

  • Digitalización de trámites presenciales
  • Facilitación en la aplicación de trámites de devoluciones y autorizaciones
  • Nuevas reglas para aprovechar los beneficios del programa de regularización
  • Estímulo fiscal para 2025 vinculado al Trigésimo Cuarto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación

Reglas Generales de Comercio Exterior

En cuanto a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, que entraron en vigor este 1 de enero, están enfocadas en:

  • Combatir prácticas abusivas
  • Simplificar procesos
  • Mejorar la recaudación fiscal

Entre las medidas destaca la obligación de las empresas con registro de empresas de mensajería y paquetería de proporcionar acceso en línea a su sistema de análisis de riesgo a la aduana donde efectuarán sus operaciones, a más tardar el 31 de enero de 2025.

Declaraciones de José Jesús Rodríguez Ambriz

"Los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre del 2025 para activar el Buzón Tributario. Quienes cumplan los requisitos necesarios y no lo hagan antes de la fecha convenida serán acreedores de una sanción".