El SAT amplía un año más el plazo para activar el Buzón Tributario
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha concedido una nueva prórroga para la activación del Buzón Tributario, por lo que en 2025 no se sancionará a los contribuyentes que no cumplan con este trámite.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un canal de comunicación que permite al SAT notificar actos administrativos y enviar mensajes de interés a los contribuyentes de forma ágil y segura. Además, ofrece los siguientes beneficios:
- Recibir notificaciones y documentos fiscales electrónicamente.
- Consultar información sobre su situación fiscal.
- Realizar trámites y solicitudes en línea.
¿Quiénes están obligados a activar el Buzón Tributario?
Están obligadas a activar el Buzón Tributario todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), excepto:
- Personas físicas que únicamente obtengan ingresos por sueldos, salarios o asimilados.
- Personas físicas que únicamente realicen actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
- Personas morales que únicamente realicen actividades sin fines de lucro.
¿Cuál es la nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario?
La nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario es el 31 de diciembre de 2025. Los contribuyentes que no cumplan con este trámite antes de dicha fecha no serán sancionados.
¿Cómo activar el Buzón Tributario?
Para activar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal del SAT (www.sat.gob.mx).
- Seleccionar la opción "Buzón Tributario" en el menú principal.
- Dar clic en el botón "Activar Buzón Tributario".
- Seguir las instrucciones del sistema.
El SAT recomienda a los contribuyentes activar el Buzón Tributario lo antes posible para evitar sanciones y aprovechar los beneficios que ofrece.
"Esta prórroga brinda a los contribuyentes tiempo suficiente para cumplir con su obligación. Es importante que aprovechen este plazo para activar su Buzón Tributario y así evitar sanciones y acceder a los beneficios que ofrece este canal de comunicación", señaló el SAT en un comunicado.
Fuente: El Imparcial