El Defensor del Pueblo pide modificar la ley para proteger a familias vulnerables del IMV
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha pedido al Ministerio de Seguridad Social que modifique el artículo 55 de la Ley General de la Seguridad Social, que actualmente obliga a los beneficiarios de ayudas asistenciales a devolver cualquier cobro indebido, incluso si es por un error de la Administración o si el beneficiario ha actuado de buena fe.
"Se trata de familias sin recursos y en situación, a veces, de extrema necesidad, que percibieron esta prestación social, y que tienen serias dificultades para hacer frente a las cantidades que ahora se les reclaman", ha dicho Gabilondo.
El Defensor del Pueblo ha recibido en las últimas semanas varias denuncias de familias que están siendo contactadas para devolver el Ingreso Mínimo Vital (IMV) que cobraron en los últimos años. En algunos casos, las cantidades reclamadas ascienden a varios miles de euros.
Según Gabilondo, la normativa actual es "desproporcionada" y no tiene en cuenta las circunstancias personales de los beneficiarios. "No es justo que se les exija devolver todo lo cobrado, cuando en muchos casos el error no ha sido suyo o cuando su situación económica no les permite hacer frente a la deuda", ha dicho.
El Defensor del Pueblo propone una modificación de la ley
El Defensor del Pueblo propone que se modifique el artículo 55 de la Ley General de la Seguridad Social para que solo se pueda reclamar la devolución del IMV a las familias vulnerables cuando quede acreditada la mala fe del beneficiario o cuando el error sea imputable a la Administración.
Esta modificación legal también afectaría a otras ayudas asistenciales, como las pensiones no contributivas de invalidez o jubilación, o los subsidios de desempleo de larga duración.
El Defensor del Pueblo también ha pedido a la Secretaría de Estado de Trabajo que se pronuncie sobre la necesidad de abordar la reforma legal propuesta.
En los últimos años, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Supremo español han dictado varias sentencias en las que consideran que es desproporcionado reclamar la integridad de lo cobrado en concepto de prestaciones o ayudas asistenciales cuando se ha podido comprobar la buena fe de los beneficiarios o cuando el error ha sido cometido por la propia Administración.