España endurece la fiscalidad a las grandes multinacionales
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de ley que incorpora la directiva europea por la que se establece un nivel mínimo de imposición del 15% para los grandes grupos multinacionales y nacionales dentro de la Unión. La medida, que tiene como objetivo elevar los ingresos por el impuesto de sociedades y mitigar el desvío de beneficios corporativos a territorios con fiscalidad más baja, entrará en vigor en 2024.
La norma afecta a las empresas que tienen una cifra de ingresos consolidados igual o superior a los 750 millones de euros y actúa sobre un resultado contable ajustado, una magnitud más parecida a los beneficios que la base imponible. Esto permitirá aumentar la recaudación, ya que hasta ahora las multinacionales podían reducir su tributación mediante prácticas de planificación fiscal agresiva.
Un sistema de tres niveles
El nuevo impuesto complementario se aplicará en tres niveles: nacional, primario y secundario. El primero afectará a las entidades del grupo radicadas en España que no alcancen una tributación mínima del 15%. El segundo se aplicará cuando la matriz de un grupo multinacional se sitúe en España y obtenga rentas de filiales situadas en el extranjero que aplican un tipo impositivo inferior al 15%. El tercero actuará como un sistema de cierre y se activará cuando algunas de las empresas del grupo multinacional hayan obtenido rentas en el exterior que no hayan sido gravadas al 15%.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha destacado que España ha liderado en el marco de la OCDE los trabajos preparatorios para reforzar la lucha contra la planificación fiscal agresiva. "Siempre dijimos que era un sinsentido que el tipo real que pagaban las grandes multinacionales fuera inferior al que lo hacían las pequeñas o las medianas empresas", ha afirmado.
Reacciones internacionales
La Comisión Europea había amenazado con llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el retraso en la transposición de la directiva. También recibieron la alerta Polonia, Letonia, Lituania, Chipre y Portugal.
La normativa solo se aplica a grandes empresas: afecta específicamente a aquellos grupos con ingresos netos consolidados de al menos 750 millones de euros, según los estados financieros consolidados de la entidad matriz en al menos dos de los últimos cuatro años fiscales. Sin embargo, se eximen varios tipos de entidades, como organismos públicos, organizaciones sin ánimo de lucro y fondos de pensiones, entre otros.