Hacienda facilita el trámite para que los mutualistas recuperen lo cotizado de más

La Agencia Tributaria (AEAT) está pidiendo a los mutualistas que retrasen su declaración de la Renta hasta el 20 de abril para poder incluir en el borrador los datos necesarios para que puedan recuperar las cantidades cotizadas de más.

¿Quiénes pueden reclamar?

Pueden reclamar los mutualistas que aportaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978 y que tributaron por el 100% de sus pensiones, cuando deberían haberlo hecho por el 75%. Esta posibilidad se abrió tras la sentencia del Tribunal Supremo (TS) 255/2023.

¿Cuánto pueden recuperar?

Las cantidades que pueden recuperar los mutualistas oscilan entre los 3.000 y los 4.000 euros, dependiendo de las circunstancias particulares de cada uno.

¿Cómo reclamar?

La AEAT ofrece dos formas de reclamar:

  • Presentar una solicitud de rectificación de la declaración de IRPF.
  • Interponer recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra la resolución de la Administración.

El recurso de reposición debe presentarse en el plazo de un mes, y el recurso de reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado.

¿Qué documentación es necesaria?

La AEAT podrá pedir a los interesados la documentación que considere oportuna si no dispone de la información necesaria.

¿Qué pasa si no hay cantidad a devolver?

En este caso, el solicitante recibirá una comunicación indicando el motivo.