La reforma de los subsidios por desempleo entra en vigor el 1 de noviembre

El Ministerio de Trabajo y Economía Social acaba de aprobar una reforma de los subsidios por desempleo que entrará en vigor el próximo 1 de noviembre. Esta nueva normativa traerá consigo una serie de cambios importantes, entre los que destacan la mejora de las cuantías, el acceso a los menores de 45 años sin cargas familiares y la posibilidad de compatibilizar el trabajo con algunas modalidades del paro.

Eliminación de los subsidios parciales

Uno de los cambios más significativos que introduce la reforma es la eliminación de los subsidios parciales. Hasta ahora, los desempleados podían cobrar la mitad de estas ayudas si trabajaban a tiempo parcial. Sin embargo, a partir del 1 de noviembre, todos los desempleados cobrarán la cuantía íntegra del subsidio sin reducción alguna.

Esta medida pretende facilitar la reinserción al mercado laboral, ya que permitirá a los desempleados compatibilizar el trabajo con el cobro del subsidio durante un periodo de 180 días.

Mejora de las cuantías

La reforma también contempla una mejora de las cuantías de los subsidios por desempleo. A partir del 1 de noviembre, el subsidio por desempleo se percibirá en tres tramos:

  • Durante los primeros seis meses, se cobrará el 95% del IPREM (570 euros).
  • En los siguientes seis meses, el 90% (540 euros).
  • Y el resto hasta finalizar periodo permitido, en el cual se agotará el subsidio por desempleo, la cantidad a percibir el 80% del IPREM (480 euros).

Acceso para menores de 45 años sin cargas familiares

Otra novedad de la reforma es que los menores de 45 años sin cargas familiares podrán acceder a los subsidios por desempleo. Hasta ahora, estos jóvenes no tenían derecho a estas ayudas a menos que tuvieran un hijo o una persona a su cargo.

Esta medida tiene como objetivo reducir el desempleo juvenil, que en España es uno de los más altos de Europa.

¿Quién tiene derecho a la prestación por desempleo?

Los requisitos para tener derecho a la prestación por desempleo son:

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.
  • No haber rechazado una oferta de empleo adecuada.
  • No estar cobrando otra prestación por desempleo.

¿Cómo solicitar la prestación por desempleo?

Para solicitar la prestación por desempleo, hay que acudir a cualquiera de las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y presentar la siguiente documentación:

  • DNI o NIE.
  • Tarjeta de la Seguridad Social.
  • Certificado de empresa que acredite la situación de desempleo.
  • Declaración de rentas del año anterior.

Una vez presentada la solicitud, el SEPE revisará la documentación y emitirá una resolución en un plazo máximo de 30 días.